La normativa de rótulos publicitarios en España es una de las áreas más desconocidas para muchos empresarios que instalan señalética exterior. La combinación de regulación municipal, autonómica y estatal puede resultar en multas significativas, órdenes de retirada de rótulos ya instalados y costes de reinstalación que nadie había previsto. Esta guía resume los aspectos más importantes que cualquier empresa debe conocer antes de instalar señalética exterior en España. En Rotuser asesoramos a nuestros clientes en todos los aspectos normativos antes de iniciar cualquier proyecto.

El marco normativo: quién regula qué
La regulación de la publicidad exterior en España se distribuye entre tres niveles. El Estado establece el marco general a través de la Ley 34/1988 General de Publicidad y la legislación de carreteras. Las comunidades autónomas pueden desarrollar legislación específica, y algunas tienen normativas propias más restrictivas. Finalmente, los ayuntamientos regulan la publicidad exterior en el ámbito urbano a través de sus ordenanzas municipales, que son el instrumento normativo más relevante para la mayoría de rótulos comerciales en suelo urbano.
La licencia municipal: cuándo es obligatoria y cómo tramitarla
En prácticamente todos los municipios españoles, la instalación de cualquier rótulo visible desde la vía pública requiere una licencia o autorización municipal previa. Los documentos habitualmente requeridos incluyen: plano de situación del rótulo sobre fotografía de la fachada, dimensiones, descripción de materiales, descripción del sistema de iluminación si aplica, y en proyectos de cierta entidad, proyecto técnico firmado por arquitecto. Instalar un rótulo sin licencia puede resultar en multas y en una orden de retirada.
Zonas de especial protección: centros históricos y edificios catalogados
Las zonas históricas y los edificios catalogados tienen restricciones adicionales que pueden ir desde limitaciones de dimensiones y materiales hasta la prohibición total de determinados tipos de rótulos. En ciudades con importante patrimonio histórico como Toledo, Salamanca o Cáceres, las ordenanzas son significativamente más restrictivas. En estas zonas, los rótulos deben estar integrados en la fachada con colores y materiales que no alteren la imagen del conjunto histórico, y la iluminación exterior está frecuentemente limitada o prohibida.
Regulación de la iluminación exterior
Casi todos los municipios regulan la iluminación exterior en dos dimensiones: la luminosidad máxima y el horario de funcionamiento. Los horarios de apagado (habitualmente entre las 23:00 y las 7:00 en zonas residenciales) buscan reducir el impacto en los vecinos. Los rótulos iluminados que no se apagan en las horas reglamentadas son objeto de denuncias vecinales y pueden resultar en sanciones.
Preguntas frecuentes sobre normativa de rótulos publicitarios
¿Qué pasa si instalo un rótulo sin licencia y el ayuntamiento no me pide nada durante años?
La falta de actuación del ayuntamiento no regulariza la situación. Un rótulo instalado sin licencia puede ser objeto de expediente sancionador en cualquier momento, sin que exista un plazo de prescripción generalizado. Además, la situación irregular puede complicar transacciones comerciales como la venta del local. Regularizar la situación antes de que el ayuntamiento actúe es siempre más económico y menos conflictivo.
¿Puede el propietario del edificio prohibir un rótulo aunque la normativa municipal lo permita?
Sí. El permiso municipal es necesario pero no suficiente: el propietario del edificio o la comunidad de propietarios debe también autorizar la instalación de cualquier rótulo en la fachada. En edificios con varias plantas residenciales, puede requerir acuerdo de la junta de propietarios. Esta doble exigencia debe verificarse y documentarse antes de iniciar ningún trabajo.
¿Cuál es la multa habitual por instalar un rótulo sin licencia en España?
Las multas varían según el municipio. En grandes ciudades, las infracciones leves pueden oscilar entre 300 y 3.000 euros. Las infracciones graves (rótulo en zona protegida, rótulo de dimensiones prohibidas) pueden superar los 10.000 euros. A esto se suma la obligación de retirada del rótulo y los costes asociados. El coste total de no haber tramitado la licencia previa puede multiplicar por varias veces el coste que habría tenido tramitarla correctamente desde el inicio.
